Corte Suprema deja en firme juicio contra Miguel Polo Polo por hostigamiento hacia Petro y el M-19
Los magistrados rechazaron el recurso de nulidad que presentó la defensa del congresista por las negritudes.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, ponencia del magistrado Gerson Chaverra, dejó en firme el juicio contra el representante Miguel Polo Polo por presunto hostigamiento e incitación a la violencia contra el presidente Gustavo Petro y
El proceso penal contra Polo Polo se fundamenta en la difusión de varios videos en los que se ven manifestantes incendiando banderas del M-19 y gritando consignas como “plomo a los guerrilleros” y otros en los que se ve un cuerpo artificial incendiándose, con la cara del presidente Petro, y una incitación a causarle la “muerte política”.
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El congresista había solicitado la nulidad de la actuación penal en su contra alegando que la acusación se había deformado y ampliado irregularmente, porque se incluyeron elementos adicionales al caso frente a los cuales no se le preguntó en indagatoria. Pero la Corte ha decidido rechazar sus argumentos.
Para la Sala Penal, igual que se determinó en primera instancia, la adición de elementos novedosos desde la indagatoria hasta la acusación no , en vista de que los jueces tienen la facultad de fortalecer su investigación durante las distintas fases investigativas sin que se altere la coherencia de la misma ni su congruencia, y tampoco se alteró la acusación.
“Prácticamente la acusación reproduce desde lo fáctico, con sus elementos descriptivos del tipo, el subjetivo y las circunstancias de agravación tanto el auto de apertura de sumario, como la imputación formulada en la indagatoria; nada nuevo en esos, que son los hechos jurídicamente relevantes, se introduce como para pensar que se sorprendió al sindicado y a su defensor con novedosos supuestos” se lee.
De hecho la Sala Penal concluyó, tal como lo hizo primera instancia, que el informe de policía judicial en el que se agregaron publicaciones de Polo Polo en contra de otras agrupaciones políticas no se incluyó para sindicarle hechos nuevos, sino para
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“En resumen, las publicaciones discriminadas en el informe citado, más allá de que hayan señalado al presidente a la vicepresidenta y a la senadora María José Pizarro de guerrilleros, no fueron incluidas como hecho que con novedad, constituyera el delito objeto del proceso, la acusación no es por estas, sino exclusivamente por las dos publicaciones del 14 de noviembre de 2023” sentenció la Sala.

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