Corte Suprema ordena resolver traslado de reclusa Andrea Valdés, abusada por agentes del Inpec
Los magistrados encontraron que la indecisión y falta de respuestas por parte de las autoridades sobre su solicitud de ser trasladada a un Centro Especial de Reclusión vulnera sus derechos fundamentales.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia amparó los derechos fundamentales de la mujer privada de la libertad Andrea Esperanza Valdés, recluida en la cárcel El Buen Pastor y quien fue abusada sexualmente por agentes del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) en la penitenciaría de Itagüí, lo cual de hecho la llevó a quedar en embarazo.
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Los magistrados, al resolver una tutela impulsada por Valdés y su abogado, ordenaron que en cinco días como máximo el Juzgado 13 de Ejecución de Penas de Bogotá se pronuncie de fondo sobre la solicitud de la reclusa.
En reiteradas ocasiones, Valdés pidió su traslado a un Centro Especial de Reclusión como la Escuela de Carabineros con el fin de no estar en manos de agentes del Inpec, al considerarlo un riesgo y un posible escenario de revictimización.
La Corte señaló que el juzgado se tendrá que pronunciar sobre si autoriza el traslado o qué tipo de medidas se aplican con el fin de que se “garantice el bienestar de la sentenciada o cualquier otra alternativa que pueda adoptarse en acatamiento en los deberes asignados a los jueces de ejecución de penas dirigidos a que sus derechos fundamentales no se vean comprometidos”, se lee.
En este punto, dentro del fallo se menciona el dictamen de Medicina Legal luego de valorar a Andrea Esperanza Valdés el pasado 24 de febrero de 2025. Allí, la profesional forense determinó que los hechos denunciados por la reclusa constituían temas de tortura y tratos crueles, generando “aislamiento, amenazas, coerción, negligencia y complicidad institucional por parte de funcionarios penintenciarios, elementos que configuran un patrón sistemático de violencia institucional”, indica el dictamen.
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