Declaración de renta 2025: Lista de personas deben hacerlo en septiembre y octubre, multas y más
Inició septiembre y con él las nuevas fechas para declarar renta. Conozca aquí la lista de personas llamadas a cumplir con sus obligaciones tributarias y evite sanciones.

La declaración de renta en Colombia es un trámite que deben realizar anualmente los contribuyentes, el cual actúa como una hoja de vida financiera en la que se registran los ingresos, egresos e inversiones que se realizaron en el periodo fiscal.
Este documento de control fiscal les permite a las entidades hacer el cálculo preciso de la carga tributaria para las personas naturales, jurídicas, grandes contribuyentes y también para las propiedades en el exterior.
No todas las personas deben presentar la declaración, sin embargo, para quienes deben hacerlo, el valor total a pagar está determinado por diferentes factores como los movimientos financieros, sus ingresos, compras y consumo durante todo un año.
- Lea también: Declaración de renta en menos de un minuto: así podrá realizarla en la página de la DIAN
¿Cómo saber si debo declarar renta?
Según se explica en la página de Siigo, “se conocen como topes para declarar el Impuesto a la Renta aquellos valores que dan cuenta de los ingresos, gastos de compras con tarjeta, consumos, consignaciones bancarias y, en general, el patrimonio bruto de las personas durante un año gravable, en este caso 2024”.
Además, especifican que los topes están definidos por el Estatuto Tributario y por las Unidades de Valor Tributario (UVT), las cuales miden en pesos las diferentes obligaciones. Aquellos con ingresos brutos menores a 1.400 UVT no están obligados a declarar. Cada año este valor es modificado por el estado.
En ese orden de ideas, estos son los topes para declarar renta:
- Patrimonio bruto igual o superior a $211.792.500 millones de pesos al finalizar el año gravable 2024.
- La suma de todos los ingresos y que sean iguales o superiores a 65.891.000 millones de pesos comprobables al finalizar el año gravable 2024.
- Consumos con tarjetas de crédito iguales o superiores a 65.891.000 millones de pesos al finalizar el año gravable 2024.
- Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras iguales o superiores a 65.891.000.
- Compras y consumos iguales o superiores a 65.891.000.
- Personas responsables del Impuesto a las Ventas (IVA).
- Estos topes determinan si una persona está obligada a pagar el Impuesto Sobre la Renta.
Si es la primera vez que declara renta debe inscribirse o actualizar su RUT en este link: https://www.dian.gov.co/impuestos/RUT/Paginas/Inscripcion-y-actualizacion-RUT.aspx
Este es el calendario tributario para septiembre y octubre de 2024
Como es usual, la DIAN publicó mediante su página web el calendario tributario correspondiente a 2025, en el que se indica el mes y los últimos dígitos de la cédula de ciudadanía o NIT para declarar renta. En ese sentido, estas son las fechas para personas naturales:
SEPTIEMBRE
- 1 de septiembre: 27 – 28
- 2 de septiembre: 29 – 30
- 3 de septiembre: 31 – 32
- 4 de septiembre: 33 -34
- 5 de septiembre: 35 – 36
- 8 de septiembre: 37 – 38
- 9 de septiembre: 39 – 40
- 10 de septiembre: 41 – 42
- 11 de septiembre: 43 – 44
- 12 de septiembre: 45 – 46
- 15 de septiembre: 47 – 48
- 16 de septiembre: 49 – 50
- 17 de septiembre: 51 – 52
- 18 de septiembre: 53 – 54
- 19 de septiembre: 55 – 56
- 22 de septiembre: 57 – 58
- 23 de septiembre: 59 – 60
- 24 de septiembre: 61 – 62
- 25 de septiembre: 63 – 64
- 26 de septiembre: 65 – 66
OCTUBRE
- 1 de octubre: 67- 68
- 2 de octubre: 69 – 70
- 3 de octubre: 71 – 72
- 6 de octubre: 73 – 74
- 7 de octubre: 75 – 76
- 8 de octubre: 77 – 78
- 9 de octubre: 79 – 80
- 10 de octubre: 81 – 82
- 14 de octubre: 83 – 84
- 15 de octubre: 85 – 86
- 16 de octubre: 87 – 88
- 17 de octubre: 89 – 90
- 20 de octubre: 91 – 92
- 21 de octubre: 93 – 94
- 22 de octubre: 95 – 96
- 23 de octubre: 97 – 98
- 24 de octubre: 99 – 00
¿De cuánto es la multa por no declarar renta en 2025?
La multa que deberán pagar las personas naturales por no declarar renta el día indicado será equivalente a la suma de 10 UVT, de acuerdo con lo señalado en el artículo 639 del Estatuto Tributario. Por lo tanto, la sanción mínima a pagar será de $498,000 COP, pues cada Unidad de Valor Tributario cuesta $49,799 COP.
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