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Magistrado Ibáñez rechazó acusaciones de Petro de “dilatar” fallo de la reforma pensional

El magistrado y ponente de la reforma pensional además concedió un nuevo plazo a la Cámara de Representantes para que entregue varias actas necesarias para el fallo definitivo sobre el proyecto.

Magistrado Ibáñez rechazó acusaciones de Petro de “dilatar” fallo de la reforma pensional

El presidente de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez, quien además es ponente de la decisión sobre la reforma pensional, respondió a las afirmaciones del presidente de la República, Gustavo Petro, y varios ministros, quienes durante la última semana lo han señalado de “dilatar” la reforma pensional o actuar bajo “odio ideológico”.

El magistrado señaló que espera que tales afirmaciones solamente correspondan al deseo del presidente y su gabinete de que se produzca una decisión rápida sobre el futuro de la reforma pensional.

“... ese tipo de señalamientos no corresponden a la verdad y resultan por completo ajenos al deber de colaboración armónica que vincula a las ramas del poder público y ponen en riesgo la independencia judicial (...) en virtud de la presunción de buena fe que ampara las actuaciones de las autoridades públicas, se entenderá que la intención del señor Presidente y de sus ministros no es otra diferente a expresar su deseo de que se imparta un trámite célere” señala la decisión.

Al mismo tiempo y con el fin de poder concluir el estudio de las pruebas que fueron decretadas por la Corte, el despacho del magistrado Jorge Ibáñez le solicitó a la Presidencia de la Cámara de Representantes que en un plazo de tres días como máximo, entregue varias actas que no fueron allegadas (argumentando que aún no habían sido aprobadas).

Tales actas corresponden a los números 256 y 257 y son las relacionadas con las sesiones plenarias del 27 y 28 de junio en las que, de acuerdo con el gobierno y los congresistas, se subsanaron los vicios de trámite de la reforma pensional.

“Por lo tanto, con el objetivo de garantizar que las autoridades involucradas en la expedición de la ley cuenten con una oportunidad suficiente para demostrar el cumplimiento de la orden de subsanación impartida por la Corte, resulta necesario insistir en el recaudo de la prueba” sentenció el despacho.

Para el presidente Ibáñez, el plazo perentorio de 3 días resulta justificado en vista de “atender las preocupaciones expresadas por el señor Presidente de la República relativas a la celeridad del trámite”. La Cámara tendrá que enviar, además de las actas, un informe sobre el número de representantes exigido para constituir el llamado cuórum deliberatorio.

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