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¿Se puede retirar la pensión obligatoria antes de tiempo? Casos excepcionales explicados

Los fondos de pensiones son de destinación específica y solo se liberan bajo criterios estrictos definidos por la ley

¿Se puede retirar la pensión obligatoria antes de tiempo? Casos excepcionales explicados

El Sistema General de Pensiones en Colombia se rige por el principio de que los recursos aportados tienen una naturaleza y destinación especial, por tanto, no pueden ser considerados como “ahorros” de libre disposición para el afiliado. La Seguridad Social es concebida como un servicio público de carácter obligatorio.

Esto significa que los aportes están diseñados exclusivamente para el reconocimiento de las , como la pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes.

Sin embargo, el marco legal sí contempla mecanismos específicos para que el afiliado o sus beneficiarios antes de recibir la mesada pensional tradicional, bajo figuras estrictamente reglamentadas.

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Estos escenarios se dan principalmente en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), y se dividen en dos categorías clave: la devolución de saldos y la libre disponibilidad de excedentes.

Devolución de saldos

La Devolución de Saldos es una prestación económica prevista para aquellos afiliados al RAIS que, a pesar de haber cumplido lano lograron acumular el capital o las semanas necesarias.

Para acceder a esta figura, que es diferente a la pensión anticipada, el afiliado debe cumplir simultáneamente tres requisitos esenciales:

  • Edad de Pensión: Haber cumplido la edad establecida por la ley. A partir de enero de 2014, esta edad se ajustó a 57 años para mujeres y 62 para hombres.
  • Insuficiencia de Semanas: No haber cotizado el número mínimo de semanas (actualmente, al menos 1.150 semanas).
  • Capital Insuficiente: El capital acumulado en la cuenta individual no es suficiente para financiar una pensión de por lo menos un salario mínimo legal.

Cuando se cumplen estas condiciones, el afiliado tiene derecho a recibir la totalidad del en su cuenta individual de ahorro pensional, lo cual incluye los aportes realizados, los rendimientos financieros generados, y el valor del bono pensional si aplica.

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Excedentes de Libre Disponibilidad

El otro escenario de retiro anticipado, o acceso a fondos, es el de los Excedentes de Libre Disponibilidad. Este beneficio se activa cuando un afiliado al RAIS ya ha cumplido los requisitos para pensionarse y su capital acumulado (incluido el bono pensional, si hay lugar) excede el monto necesario para

Para que un afiliado pueda retirar estos excedentes, la pensión que decida contratar (ya sea bajo la modalidad de Renta Vitalicia o Retiro Programado) debe cumplir con dos parámetros de protección financiera:

  • Que el monto de la pensión sea igual o superior al 110% de la .
  • Que el monto sea mayor o igual al 70% del Ingreso Base de Liquidación (IBL), sin que exceda 15 veces la pensión mínima.

Si estos fondos de libre disponibilidad son retirados para fines diferentes a la financiación pensional, la parte correspondiente a la de la cuenta está gravada con el impuesto sobre la renta. La tasa de retención en la fuente para estos retiros es del treinta y cinco por ciento (35%) desde 2019.

Consideraciones por Fallecimiento

Finalmente, la ley también contempla el acceso a los saldos en caso de fallecimiento del afiliado. Si un afiliado muere sin haber cumplido los requisitos para generar una de sobrevivientes, el Sistema General de Pensiones tiene previsto entregar la totalidad del saldo abonado en la cuenta individual, incluidos los rendimientos y el bono pensional, a los beneficiarios del causante.

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