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Gobierno publicó propuesta para reglamentar el derecho a morir dignamente en Colombia

MinSalud presentó un proyecto de resolución para regular la eutanasia, los cuidados paliativos y la adecuación de esfuerzos terapéuticos, según exigencias de la Corte.

Gobierno publicó propuesta para reglamentar el derecho a morir dignamente en Colombia

El Ministerio de Salud dio a conocer un proyecto de resolución con el que busca reglamentar el acceso a la eutanasia, los cuidados paliativos y la adecuación de esfuerzos terapéuticos (AET) en Colombia. La propuesta, publicada para comentarios hasta el 27 de junio, pretende dar cumplimiento a múltiples órdenes emitidas por la Corte Constitucional desde 2021.

En la sentencia C-233 de 2021, el alto tribunal indicó que el derecho a morir con dignidad tiene tres dimensiones: la eutanasia, la AET y los cuidados paliativos. Además, señaló que no puede exigirse estar en fase terminal ni agotar otras alternativas para acceder a la eutanasia, y ordenó regular el consentimiento sustituto cuando el paciente no puede manifestar su voluntad.

Luego, en 2024, mediante la sentencia T-445, la Corte reiteró que la eutanasia es un derecho y que debe garantizarse de forma libre e informada para quienes sufran de enfermedades graves e incurables, sin necesidad de estar en fase terminal. Más recientemente, en la T-057 de 2025, el tribunal indicó que no se puede excluir del procedimiento a menores de edad con discapacidad cognitiva.

El proyecto regula aspectos como:

  • El proceso para recibir y evaluar solicitudes de eutanasia.
  • La conformación y funcionamiento de los Comités Interdisciplinarios de Eutanasia.
  • Las condiciones para aplicar adecuación de esfuerzos terapéuticos.
  • El papel de los Comités de Ética Hospitalaria.

La propuesta define el derecho a morir dignamente como la posibilidad de una persona de tomar decisiones sobre cómo enfrentar el final de su vida, lo cual incluye —pero no se limita a— la eutanasia. También contempla el uso del Documento de Voluntad Anticipada (DVA) y del consentimiento sustituto, siempre que existan pruebas claras de la voluntad del paciente.

Sobre menores de edad

En cuanto a menores de edad, el texto establece que su solicitud debe evaluarse con base en su desarrollo cognitivo y emocional. Para los menores de entre 6 y 12 años, se requiere una evaluación que demuestre madurez excepcional. Entre los 14 y 17 años pueden tomar decisiones sin el consentimiento obligatorio de sus representantes, aunque estos deben ser informados. Los niños menores de 6 años están excluidos del acceso a la eutanasia.

El documento también detalla las obligaciones de EPS, hospitales y profesionales de la salud para garantizar este derecho. Estos actores deberán conformar comités que evalúen las solicitudes y velen por el cumplimiento de los principios de autonomía, celeridad, imparcialidad y respeto al paciente.

Con este proyecto, el Ministerio de Salud responde a un llamado reiterado de la Corte Constitucional para regular un derecho fundamental que, según la jurisprudencia vigente, debe estar garantizado en condiciones claras y accesibles para todos los ciudadanos.

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