Tribunal protege derecho pensional de hijo discapacitado de suboficial fallecido
La sentencia ordenó el pago retroactivo de las mesadas pensionales desde el fallecimiento del padre.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, con ponencia del magistrado Luis Gilberto Ortegón Ortegón, profirió una sentencia en la que protege el derecho a la seguridad social y al mínimo vital de un ciudadano en condición de discapacidad, al reconocerle el 50% de la asignación mensual de retiro de su padre, un suboficial retirado de la Policía Nacional.
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El fallo declara la nulidad parcial de un acto administrativo de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional (CASUR), que había otorgado el 100% de la prestación a la compañera permanente, y ordena la sustitución pensional a favor de Edgar Guillermo Montenegro Rodríguez, hijo del extinto sargento viceprimero José Joaquín Montenegro Guerrero, quien fue declarado interdicto por discapacidad mental absoluta desde su nacimiento.
El Tribunal encontró probado que Edgar dependía económica y emocionalmente de su padre, con quien convivió hasta su fallecimiento en 2008. A pesar de los múltiples obstáculos institucionales y la tardanza en surtir el proceso de interdicción legal, su hermana y curadora, Gloria Matilde Montenegro Rodríguez, lideró una incansable defensa de sus derechos.
La sentencia también ordena el pago retroactivo de las mesadas pensionales desde el fallecimiento del padre, descontando lo ya pagado por concepto de una tutela anterior, y dispone que la beneficiaria que venía recibiendo el 100% de la prestación, la señora Reina del Carmen Gómez Jiménez, reintegre la porción correspondiente al demandante.
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