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Consejo de Estado confirma nulidad del nombramiento de Irene Vélez como consejera en Londres

El alto tribunal concluyó que el Ministerio de Relaciones Exteriores sí tenía funcionarios de carrera disponibles, por lo que no podía recurrir a una provisionalidad excepcional.

Consejo de Estado confirma nulidad del nombramiento de Irene Vélez como consejera en Londres

La Sección Quinta del Consejo de Estado dejó en firme la decisión que anuló el decreto con el que el Gobierno nombró en provisionalidad a Irene Vélez Torres como consejera de Relaciones Exteriores en Londres, al concluir que sí existían funcionarios de carrera disponibles para ocupar el cargo.

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El Consejo de Estado confirmó la sentencia del 30 de julio de 2025 que declaró la nulidad del Decreto 0564 de 2024, mediante el cual se había designado en provisionalidad a Irene Vélez Torres como consejera de Relaciones Exteriores adscrita al Consulado de Colombia en Londres. La corporación concluyó que el Ministerio de Relaciones Exteriores no podía acudir a esa figura excepcional, pues para la fecha del nombramiento existían funcionarios escalafonados que cumplían los requisitos de alternación y más de doce meses de servicio en el exterior.

Según la sentencia, la provisionalidad solo procede “cuando no haya funcionarios de carrera disponibles”, condición que no se cumplía en este caso. La sala también señaló que el tribunal de primera instancia omitió pronunciarse sobre algunos cargos propuestos en las demandas, pero precisó que ello no afectaba el análisis de fondo sobre el desconocimiento del régimen de carrera diplomática.

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El fallo advierte que existe “baja disponibilidad de funcionarios de carrera”, pero aun así recuerda que, ante la existencia de personal habilitado, el Ministerio debía proveer el cargo mediante un funcionario escalafonado y no con una persona externa a la carrera.

Finalmente, el Consejo de Estado exhortó a la Cancillería a promover “la realización de concursos de méritos para ocupar las plazas vacantes”, con el fin de garantizar la protección y el fortalecimiento de la carrera diplomática y consular. La decisión quedará en firme una vez sea ejecutoriada y será devuelto el expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

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