Tendencias

¿Le pueden descontar parte de su sueldo por cometer un error en el trabajo? Esto dice la ley

En el mundo laboral, los jefes o empleadores tienen el poder de sancionar a los trabajadores cuando incumplen con sus funciones, pero tienen un límite para esta facultad según el Código Sustantivo del Trabajo.

¿Le pueden descontar parte de su sueldo por cometer un error en el trabajo? Esto dice la ley

Los roces en los trabajos acerca de llegadas tarde o el simple incumplimiento de las reglas son extremadamente comunes en cualquier ambiente laboral, y, en consecuencia, incentivar al cumplimiento de las reglas como una medida correctiva.

  • Lea aquí:

Las sanciones laborales, según el Código Sustantivo del Trabajo, d dónde este pueda saber el porqué de su sanción, defenderse al respecto y poder contradecir las pruebas antes de recibir algo. También cabe agregar que la sanción debe ser directamente proporcional a la falta que cometió el trabajador.

¿Qué tipos de sanciones disciplinarias pueden ser colocadas?

La amonestación, que es la más básica, es cuando el trabajador recibe una advertencia por su incumplimiento de las reglas, puede ser verbal o también escrita.

. Cabe aclarar que la multa no puede ser mayor a la quinta parte de lo que gana el trabajador en un día (Si gana el salario mínimo, por ejemplo, la multa no puede ser más alta de los $9,500 pesos) y, según el Código Sustantivo del Trabajo, lo pagado en la multa debe consignarse a una cuenta especial dedicada a premios o regalos para los trabajadores del lugar.

  • Lea también:

Después, está la suspensión del contrato de trabajo, la cual puede ser de máximo 8 días si es la primera vez, y de máximo 2 meses en caso de llegar a reincidir.

Por último, aunque no sea una sanción como tal, está el despido con justa causa, aunque debe haber un proceso disciplinario desde antes.

¿Qué sanciones no se pueden imponer al trabajador?

Según la legislación laboral colombiana y el Código Sustantivo del Trabajo, no puede haber sanciones qulos derechos fundamentales del trabajador, las cuales pueden ser:

Las penas corporales,, palmadas, golpes y cualquier tipo de castigo físico.

También los actos que , caben dentro de esto las humillaciones, los insultos y otros tratos denigrantes.

Las sanciones que no están expuestas en el reglamento interno de la organización, el contrato, los pactos o convenciones.

  • Le puede interesar:

Si usted recibe una de estas sanciones, se le recomienda documentar el caso en varios aspectos y denunciar ante de su empresa o, de plano, ante el Ministerio de Trabajo e iniciar un proceso judicial.

Escuche

Directo

Compartir

El código iframe se ha copiado en el portapapeles

Author
Equipo editorial
Bogotá HOY

Somos un grupo que informa con rapidez y precisión sobre sucesos, cultura y deportes, manteniendo a la comunidad siempre conectada.

Publicar un comentario

Tu correo electrónico no será publicado. Los campos requeridos contienen un *