Licencia de maternidad: ¿cómo tramitarla y qué beneficios le otorga?
La licendia de maternidad le da a las madres tiempo de descanso pago y protección durante su embarazo y el tiempo posparto.
La licencia de maternidad en Colombia es uno de los derechos fundamentales que como al feto y/o posteriormente, recién nacido. Esto con tal de mantener el bienestar en el embarazo, el parto y la recuperación posterior, así como dar un tiempo para que la madre pueda dedicarse 100% a su hijo.
El Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia ha dejado en su página todos los, como lo son sus trámites, sus beneficios y sus requisitos.
¿Cuánto tiempo puede otorgar la licencia?
A día de hoy, la licencia de maternidad completamente pago, las cuales se comienzan a contar desde el mismo día del parto. Aunque cabe agregar que si hay un caso de nacimiento múltiple (gemelos, trillizos, ETC) o de un parto prematuro, la madre puede acceder a otras 2 semanas adicionales. Asimismo, está la posibilidad de iniciar la licencia antes del parto (si está programado), si la madre desea tener un descanso prenatal.
El trámite para poder acceder a este beneficio arranca con la solicitud al médico de la EPS la licencia preparto 1 o 2 semanasprogramada, ya cuando el bebé haya nacido, es importante presentar al médico de la EPS el registro civil de nacimiento para solicitar la licencia posparto con las semanas que faltan.
También es importante haber notificado a la empresa meses antes el estado de embarazo con, la fecha de parto probable y la indicación del día en el que podría empezar la licencia, 1 o 2 semanas antes de la fecha de parto.
¿Y si adopté un bebé?
- Sí, todos los parámetros que tendría la madre biológica también los puede tener la madre adoptiva, y la de la entrega oficial del menor a los adoptantes.
- La licencia de maternidad también incluye tiempos de lactancia una vez se ha vuelto a la jornada laboral, estos tiempos son 2 descansos de media hora sin tener ningún descuento de su salario durante los primeros 6 meses de vida del bebé.
¿Si soy padre puedo acceder?
Sí, el esposo o compañero permanente de la madre puede acceder a 8 días de licencia de paternidad sin ningún tipo de descuento en el salario, para de Nacimiento a la EPS en los 30 días siguientes después del nacimiento del bebé y que el padre haya estado cotizando efectivamente durante las semanas anteriores al reconocimiento de la licencia remunerada de paternidad.
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Si la madre muere, el padre del bebé tiene derecho a acceder al mismo de licencia, incluso si no llegó a contar con esposa o compañera permanente.
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