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Proceso para sacar legalmente a un hijo de la casa en 2025

Conoce los parámetros legales en Colombia para el desalojo de un hijo de la vivienda familiar.

Proceso para sacar legalmente a un hijo de la casa en 2025

Si un padre desea sacar a su hijo de la vivienda, debe tener en cuenta unos parámetros establecidos en la ley colombiana para no caer en una falta a la norma y evitar sanciones por parte de las autoridades.

En Colombia, aunque la mayoría de edad se alcanza a los 18 años, la obligación de los padres de brindarle manutención a sus hijos no necesariamente cesa en ese momento. A pesar de que esta es la edad en la que un hijo debería valerse por sí mismo, hay excepciones en la ley que obligan al padre a seguir siendo su proveedor.

¿En qué casos los padres deben seguir dando alimentación y vivienda a sus hijos después de los 18?

Según la ley 1098 DE 2006, por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia, los padres deben pagar la de sus hijos sin falta solo hasta los 18 años, salvo las siguientes dos excepciones:

  • Si el hijo está estudiando: si después de los 18 años el joven se encuentra estudiando alguna carrera profesional, técnica o tecnológica y demuestra dependencia económica de sus padres, esta obligación se puede extender SOLO HASTA LOS 25 AÑOS.
  • Si padece alguna discapacidad o incapacidad laboral: si el hijo sufre de una condición de salud que le impide sostenerse por sí mismo, esta obligación puede ser INDEFINIDA.

Estas excepciones indican que la obligación alimentaria a favor de hijos mayores de edad debe estar condicionada a su incapacidad de subsistir por cuenta propia.

Es clave tener en cuenta que un hijo menor de edad NO puede ser sacado de su vivienda, ya que sus padres continúan siendo responsables. Los padres que intenten desalojar a estos hijos menores sin autorización podrían enfrentar sanciones penales y administrativas, incluyendo penas de prisión.

¿Cuál es el proceso para sacar legalmente a un hijo de la casa?

Si el hijo no cuenta con una de las excepciones mencionadas, después de la mayoría de edad los padres pueden solicitar que su hijo abandone la vivienda, iniciando un proceso de desalojo que está presente en el artículo 384 del Código General del Proceso.

Esta norma está relacionada con el desalojo de inquilinos, pero también se aplica cuando un hijo no tiene derecho legal a permanecer en su hogar familiar y se niega a salir de él.

Normalmente, los padres utilizan este recurso cuando la presencia del hijo en la vivienda es perjudicial o conflictiva. Ellos no están obligados a seguir dándole dinero o alimentación, pero si desean sacarlo de la vivienda, deben demostrar ante un juez que su hijo representa un peligro o perjuicio para los padres u otro habitante de la vivienda.

En ese momento, se iniciará la solicitud de desalojo con el acompañamiento de las autoridades.

¿Qué pasa si uno de los padres no cumple con la obligación en caso de tenerla?

Al abstenerse de realizar el pago de la cuota alimentaria, que es de carácter obligatorio, se incurre en el delito de inasistencia alimentaria. Esto podría acarrear diversas sanciones y consecuencias legales, tales como:

  • Multa o condena en establecimiento carcelario: según el artículo 233 del Código Penal, incurrir en este delito podría resultar en una pena de uno a tres años de cárcel y una multa de diez a veinte salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam): quienes incumplan con esta obligación pueden ser inscritos en este registro, lo que les impedirá ejercer cargos públicos, salir del país y obtener créditos. Si al momento del registro la persona ya ocupaba un cargo público, podría ser suspendida de inmediato.
  • Embargo de bienes: para garantizar el pago, las cuentas bancarias, bienes, activos y salario del deudor pueden ser embargados.
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Bogotá HOY

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