Defensa de Álvaro Uribe radicará este miércoles la apelación contra la condena de 12 años de prisión
El recurso deberá ser presentado ante el Tribunal Superior de Bogotá, que se encargará de emitir el fallo de segunda instancia.

Este miércoles, 13 de agosto, se cumple el término establecido para interponer el recurso de apelación contra el fallo de primera instancia con el que la juez 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia Aranda, condenó a 12 años de cárcel al expresidente Álvaro Uribe Vélez, a quien cobijó con el beneficio de prisión domiciliaria.
Cabe recordar que el plazo de cinco días hábiles vencía el pasado lunes 11 de agosto, pero la juez accedió a la petición de la defensa y de la Procuraduría General de la Nación, y concedió dos días más para presentar la apelación a la sentencia de 1.114 páginas, que deberá ser resuelta por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.
El pasado lunes, la Procuraduría General de la Nación interpuso ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá el recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia que impuso la juez Heredia Aranda, contra el expresidente, por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
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En el escrito de 81 páginas, el Ministerio Público advirtió que se presentaron varios errores en la condena de 12 años de prisión que se ordenó contra el también exsenador y en la que, además, se le cobijó con prisión domiciliaria o casa por cárcel.
Uno de los argumentos centrales de la apelación señala que “la presunción de inocencia fue desconocida en la valoración probatoria”.
Precisamente, el procurador delegado para el caso, Bladimir Cuadro Crespo, reseñó que se presentaron vacíos en la valoración de varias pruebas en medio del juicio que inició el jueves 6 de febrero de este año.
Sostuvo que el derecho al debido proceso se habría vulnerado, al igual que las garantías procesales del exmandatario.
“La sentencia de primera instancia incurrió en yerros en la valoración probatoria que llevaron a una conclusión equivocada sobre la responsabilidad penal del procesado”, se lee en el documento.
En otro de los apartes se advierte que parte de esos aparentes errores se presentaron porque “el fallo de primera instancia desconoce la presunción de inocencia y el ‘indubio pro reo’ en el ejercicio de la valoración probatoria”.
Sobre las interceptaciones entre el expresidente y el abogado Diego Cadena, el procurador Cuadro Crespo señaló que dichas conversaciones hacían parte del secreto profesional.
“La inviolabilidad de las comunicaciones entre abogado y cliente es una garantía pluridefensiva que protege la intimidad, el secreto profesional, el debido proceso y el derecho de defensa”, detalló.
También señaló que las interceptaciones no demuestran que se haya cometido un delito.
“Las conversaciones intervenidas no permiten concluir que estuviera en curso una actividad delictiva o que el levantamiento del secreto profesional permitiera impedir la comisión del delito”.
Agregó que “hablar de ‘retractación’ no es lo mismo que sobornar para mentir”.
¿Cuál fue la condena?
El viernes, primero de agosto, la juez 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia Aranda, condenó al expresidente Álvaro Uribe Vélez a 144 meses de prisión, es decir, 12 años.
Esto ocurre después de que Uribe fuera hallado responsable de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
Igualmente, la juez impuso una multa de 2.420 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) e impuso una inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas de 100 meses y 20 días, es decir, 8 años y 4 meses.
En la decisión la juez le otorgó el beneficio de la prisión domiciliaria o casa por cárcel. Sin embargo, para hacerla efectiva, deberá pagar una caución o póliza judicial de cuatro SMLMV.
La juez Heredia Aranda hizo la tasación de la pena al también exsenador Álvaro Uribe, luego de ser considerado como “el determinador” del ofrecimiento de ayudas jurídicas y pago de sobornos a testigos falsos para que incriminaran al congresista Iván Cepeda, su contradictor político.
En la sentencia de 1.114 páginas que redactó la juez Heredia Aranda se lee: “Condenar a Álvaro Uribe Vélez a las penas principales CIENTO CUARENTA Y CUATRO (144) MESES- o lo que es lo mismo, DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, multa equivalente a DOSMIL CUATROCIENTOS VEINTE CON CINCO DECIMOS -2.420,5- S.M.L.M.V., e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, como sanción principal, de 100 meses y 20 días, como determinador penalmente responsable del delito de Soborno en Actuación Penal en concurso homogéneo en concurso heterogéneo con Fraude Procesal en concurso homogéneo como se expuso en la parte motiva de la sentencia, cometidos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que da cuenta el paginario”.
Casa por cárcel
En la sentencia se dice que se le concede casa por cárcel.
“CONCEDER al sentenciado el subrogado penal de la prisión domiciliaria que regula el artículo 38B de la Ley 599 de 2000, bajo la obligación de cumplir con lo previsto en el artículo 38B, numeral 4º de la Ley 599 de 2000 –adicionado por el artículo 23 de la Ley 1709 de 2014–, previa caución o póliza judicial, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, por la suma de CUATRO (4) SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES”, detalla el fallo.
De manera inmediata deberá cumplir con la prisión domiciliaria, así lo decidió la juez.
“CUARTO: Comisionar, como quiera que el señor Uribe Vélez reside en Rionegro Antioquia, se dispone comisionar al Centro de Servicios Judiciales de dicha localidad, para que reciba la caución que aquí se impone, la que deberá consignarse a favor del Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio en la cuenta del Banco Agrario 110012048001, si se presta mediante caución o la correspondiente póliza judicial, igualmente para que ante dicho centro suscriba la diligencia de compromiso y se libre la correspondiente boleta de encarcelación, debiéndose por parte del establecimiento carcelario encargado de la vigilancia, proceder a su traslado INMEDIATO, a su domicilio donde cumplirá la prisión domiciliaria, y se realizarán los controles respectivos”.
Según la decisión, la Fiscalía General de la Nación logró probar, más allá de toda duda razonable, que Uribe fue el determinador del abogado Diego Cadena, a quien le encomendó la búsqueda de exparamilitares dispuestos a declarar falsamente ante la justicia a cambio de beneficios económicos y jurídicos.
Durante el juicio, la fiscal primera delegada ante la Corte Suprema de Justicia, Marlene Orjuela, presentó más de 35 testimonios que, según el fallo, permitieron acreditar una estrategia deliberada de manipulación de la justicia con el fin de afectar el buen nombre del senador Cepeda, contradictor político del expresidente.
Declaran culpable a Álvaro Uribe por soborno en actuación penal contra Juan Guillermo Monsalve
Uno de los testimonios clave fue el del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, cuya versión, según la Fiscalía, se mantuvo firme y coherente desde el inicio del proceso. Las grabaciones obtenidas a través de los relojes espía también fueron determinantes para probar que la intención de Uribe y su defensa era alterar la verdad procesal con testigos falsos.
En su momento, la fiscal Orjuela afirmó:
“La estructura probatoria desplegada en esta audiencia —como lo fueron declaraciones, interceptaciones legales, documentos, registros audiovisuales y el contexto fáctico integral— no solo ha superado con suficiencia el estándar de certeza, sino que ha dejado, sin asomo de duda, que el acusado ideó, promovió y respaldó una estrategia orientada a manipular el curso de la justicia penal”.
La juez también acogió los argumentos de las víctimas, en especial del senador Iván Cepeda, quien fue blanco de lo que su defensa calificó como “peregrinajes carcelarios” para conseguir testigos falsos.
El abogado Reinaldo Villalba, defensor de Cepeda, sostuvo en los alegatos finales que el expresidente fue el cerebro detrás de una estructura diseñada para obtener pruebas falsas y engañosas.
“El procesado (Álvaro Uribe Vélez) creó una máquina peligrosa para recoger evidencias falsas y posteriormente incumplió los deberes de seguridad que le imponía el manejo de la fuente de peligro que él mismo gestó”, aseguró Villalba ante el estrado.
Agregó que Uribe actuó con conocimiento del riesgo que representaban sus actuaciones para la justicia: “Puso en marcha esa máquina criminal y luego no solo no impidió que siguiera operando, sino que la dejó actuar con total libertad, consintiendo incluso su proceder delictivo, pues era el beneficiado directo”.
Villalba afirmó que el expresidente actuó con dolo, pues conocía que las acciones encomendadas a Cadena eran ilegales y, aun así, las promovió. En su criterio, Cadena fue el autor material de los delitos y Uribe, el determinador.
¿Por qué delitos condenaron a Álvaro Uribe?
El pasado lunes, 28 de julio, la juez Sandra Liliana Heredia encontró al expresidente Álvaro Uribe Vélez responsable de los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal. Lo absolvió por el delito de soborno.
Según la decisión, la Fiscalía General de la Nación logró probar, más allá de toda duda razonable, que Uribe fue el determinador del abogado Diego Cadena, a quien le encomendó la búsqueda de exparamilitares dispuestos a declarar falsamente ante la justicia a cambio de beneficios económicos y jurídicos.
Durante el juicio, la fiscal primera delegada ante la Corte Suprema de Justicia, Marlene Orjuela, presentó más de 35 testimonios que, según el fallo, permitieron acreditar una estrategia deliberada de manipulación de la justicia con el fin de afectar el buen nombre del senador Cepeda, contradictor político del expresidente.
¿Cuándo prescribe la condena de Álvaro Uribe Vélez?
¿Cuándo prescribe la condena de Álvaro Uribe? Según conoció W Radio, habría dos versiones: una que prescribe el 20 de octubre, y otra que lo hace el 16 del mismo mes.
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