Corte Suprema deja en firme condena contra ex DAS que torturaron a Claudia Julieta Duque
El alto tribunal inadmitió el recurso de casación que habían presentado los exdetectives que adhirieron a la organización criminal de José Miguel Narváez.
               La dejó en firme las condenas contra Emiro Rojas Granados (exdirector del DAS) y Néstor Javier Pachón (Exdetective del DAS) que fueron sentenciados a más de 13 años de prisión por concierto para delinquir y tortura agravada en modalidad psicológica en contra de la periodista Claudia Julieta Duque.
De acuerdo con el expediente, entre el 2001 y el 2004 los exdetectives la persiguieron, secuestraron y hostigaron insistentemente, debido a que la víctima se dedicó a investigar y a investigar los delitos cometidos por personal del DAS.
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Aunque en el recurso de casación los condenados alegaban que se había cometido irregularidades y vulnerado el debido proceso en su contra, la Corte Suprema concluyó todo lo contrario.
A pesar de que por ejemplo el ex subdirector Emiro Rojas Granados aseveró que se había incurrido en una indebida valoración de las pruebas y declaraciones en las que se le sindicaba de estar al tanto y al frente de la operación de la célula criminal G3 que siguió a Duque, la Corte no encontró yerro alguno y en un sentido muy distinto, determinó que la defensa de Rojas Granados estaba acudiendo a afirmaciones contrarias a la realidad de lo probado.
“EMIRO ROJAS GRANADOS, en calidad de subdirector general del DAS, tuvo pleno conocimiento de los seguimientos y los actos de hostigamiento ejercidos en contra de la periodista Claudia Julieta Duque Orrego, ya que tuvo en su poder el proceso disciplinario, el cual, posteriormente, remitió a la Oficina de Control Disciplinario Interno –adscrita a la dirección del DAS-“, precisó la Corte Suprema de Justicia.
Por el lado del exdetective Néstor Javier Pachón, la Sala concluyó que incurrió en varias equivocaciones argumentativas en el recurso, y al tiempo, se dedicó a expresar, no falencias , sino solamente su descontento con el sentido de la misma.
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La Corte le recordó a Pachón que además la sentencia no se fundamentó en las declaraciones de Claudia Julieta Duque solamente, en cambio, se tomaron en cuenta otros testimonios y pruebas que lograron evidenciar que era quien conducía el taxi desde

           
           
           
           
           
           
           
           
           
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