MinAmbiente aclara que no está en firme el fallo que ordena arresto de cinco días a Irene Vélez
El Juzgado Tercero de Familia ordenó cinco días de arresto contra la ministra encargada por un presunto desacato en la entrega de información sobre convenios con el PNUD en la región de La Mojana.
El se pronunció luego de que el Juzgado Tercero de Familia del Circuito de Montería ordenara una sanción de cinco días de arresto y una multa de cinco salarios mínimos legales vigentes contra la ministra encargada de la cartera, decisión que aún no está en firme.
La medida, equivalente a más de siete millones de pesos, se produjo tras resolver un incidente de desacato interpuesto por el ciudadano Manuel Navarro Manchego, quien actúa en defensa de los habitantes de La Mojana.
El recurso se relaciona con una solicitud de información sobre los convenios suscritos entre el Ministerio y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), vinculados a obras y proyectos ejecutados en esa región, una de las más afectadas por la crisis ambiental en el país.
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Según la parte accionante, la cartera no habría entregado de manera oportuna la información solicitada, situación que dio origen al proceso judicial.
En un comunicado, la entidad aclaró que, de acuerdo con el Decreto 2591 de 1991, la sanción “se encuentra en grado jurisdiccional de consulta, lo que significa que no está en firme y deberá ser evaluada por el superior funcional”. Según el Ministerio, en esa revisión se verificará el cumplimiento de la orden y la proporcionalidad de la medida, aspectos que “permiten prever que la sanción sea revocada”.
El Ministerio aseguró que el requerimiento “fue atendido plenamente y dentro de los tiempos ordenados por la autoridad judicial”, y añadió que ya se habían remitido las respuestas correspondientes, junto con los soportes y certificaciones de envío.
La entidad también consideró que la medida impuesta resulta desproporcionada frente a los hechos, pues “el Ministerio ya dio cumplimiento a la orden impartida”. Por eso, confía en que la sanción será revocada en la instancia de consulta.
Otro de los puntos que destacó la cartera tiene que ver con la naturaleza de la responsabilidad en este tipo de procesos. “La responsabilidad en los incidentes de desacato es subjetiva y recae exclusivamente sobre el funcionario directamente encargado de ejecutar la orden”, precisó el comunicado. En ese sentido, el Ministerio explicó que el trámite del derecho de petición “no estaba asignado al despacho de la ministra, por lo que no existe responsabilidad personal ni conducta negligente atribuible a ella”.

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