Economía

¿Una pensión puede ser embargada por deudas bancarias? Existen excepciones, verifique

Si un pensionado tiene una deuda sin pagar, con frecuencia surge la preocupación por un posible embargo. Le contamos los casos en los que podría suceder.

¿Una pensión puede ser embargada por deudas bancarias? Existen excepciones, verifique

En Colombia, las son un sistema de seguridad social que busca garantizar estabilidad económica a las personas que alcanzan su retiro laboral.

En la legislación colombiana, el sistema pensional contempla varios tipos de pensiones: de vejez, por invalidez y de sobrevivencia. Así, los fondos de pensiones se encargan de administrar el ahorro destinado al retiro de las personas y su objetivo principal es garantizar la estabilidad financiera en esta etapa.

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Sin embargo, si una persona cuenta con una pensión y tiene una deuda sin pagar, con frecuencia surge la preocupación acerca de si este pago podría ser embargado para asegurar el cumplimiento de la obligación pendiente.

¿En Colombia se pueden embargar las pensiones?

En Colombia, las son inembargables en general, pues así lo contempla el artículo 134 de la Ley 100 de 1993.

Además, la Corte Constitucional ha sentenciado que la pensión es un derecho fundamental y, por eso, debe protegerse para garantizar la subsistencia digna del pensionado.

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Sin embargo, tenga en cuenta que, a pesar de que las no se pueden embargar por deudas bancarias comunes, sí existen dos excepciones a esta regla:

  • Deudas por alimentos.
  • Deudas con cooperativas o fondos de empleados, bajo ciertas condiciones.

No obstante, hay que tener en cuenta que las pensiones por invalidez y los bonos pensionales están excluidos de cualquier tipo de embargo.

¿En qué casos se pueden embargar las pensiones en Colombia?

A pesar de que existen dos excepciones en las que las pensiones en Colombia sí pueden ser embargadas, solamente un juez puede ordenar el embargo. Eso significa que entidades como el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) o inspectores de Policía no pueden intervenir en este proceso.

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Los dos casos en los que las pensiones en Colombia sí pueden ser embargadas se detallan de la siguiente manera:

  • Cuando es por alimentos:

Es cuando el pensionado no cumple con sus obligaciones legales de proporcionar alimentos a sus hijos menores de edad, cónyuge o excónyuge, o padres en estado de necesidad.

En estos casos, hasta el 50% del valor de la pensión se puede embargar para garantizar el cumplimiento.

  • Cuando son deudas con cooperativas o fondos de empleados:

En caso de que la persona pensionada tenga deudas con cooperativas legalmente constituidas o fondos de empleados, también se puede embargar hasta el 50% del valor de la pensión.

Sin embargo, en estos casos, se tiene que haber pactado previamente esta condición por escrito al momento de pedir el crédito.

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